Diócesis de Astorga

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OFICINA DEL TESTAMENTO VITAL DE LA DIÓCESIS DE ASTORGA

12 - noviembre - 2021

 Con motivo de la publicación de la Ley 3/2021 de regulación de la eutanasia, y después de la charla-debate que tuvo lugar en el Teatro Diocesano el pasado día 22 de Octubre de 2.021, la Diócesis de Astorga, a través de la Delegación de Familia y Vida ha decidido poner en funcionamiento una oficina de atención al público a fin de orientar a cualquier interesado sobre qué es el Testamento Vital o Documento de Instrucciones Previas, su contenido y forma de presentación ante la Administración.

 La legislación vigente contempla distintas fórmulas legales para garantizar que la voluntad de una persona que está perdiendo o ya ha perdido sus capacidades de decisión se cumple. Una de ellas es el testamento vital, también conocido como documento de voluntades anticipadas o documento de instrucciones previas (como se le llama en la legislación de Castilla y León y Galicia).

¿Qué es el testamento vital?

 El testamento vital (o documento de instrucciones previas) es una fórmula jurídica que permite trasladar instrucciones sobre tratamientos médicos. Este documento, que queda recogido en el historial clínico de la Sanidad Pública, facilita que los médicos puedan conocer y cumplir con las voluntades del paciente. Se trata de un documento que siempre puede ser revocado por el otorgante.

 El testamento vital permite dejar constancia de la voluntad para aceptar o rechazar determinados procedimientos terapéuticos. Es una herramienta a la que los médicos pueden acudir a la hora de tomar la decisión de administrar determinados tratamientos. A través del testamento vital, también se puede designar un interlocutor con el médico o el equipo sanitario que velará por el cumplimiento de las instrucciones que se establezcan. En el testamento vital también se pueden dar indicaciones sobre el tipo de atención que se quiere recibir. Se pueden especificar las preferencias, por ejemplo, respecto a:

   • ser atendido en casa o en el hospital,

   • recibir asistencia religiosa o no,

   • rechazar o garantizar una autopsia,

   • permitir o no la donación de órganos para trasplantes o para destinarlos a la investigación científica.

En este tipo de testamento, también puede indicarse la voluntad de ser incinerado o enterrado, entre otros.

¿Cuándo se puede solicitar el testamento vital y cuánto cuesta?

El documento de instrucciones previas o testamento vital puede solicitarse en cualquier momento de la vida adulta y mientras la persona tenga las facultades preservadas. Puede otorgarse Notario, donde tiene un coste aproximado de 60 euros, o elaborar un documento privado y firmarlo ante tres testigos con los que no exista relación de parentesco.

Realizar el testamento vital es un trámite que produce cierta aprensión. De hecho, menos del 1% de la población española lo ha firmado. Sin embargo, es un documento importante para asegurar que, en caso de incapacidad, en el futuro se cumplirán las voluntades propias respecto a los tratamientos médicos, liberando a los familiares de la responsabilidad sobre estas decisiones.

Eduardo Rodríguez de la Mata 

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